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Servicios del Archivo

Que comprende los de: Formación, Clasificación y Custodia de Expedientes del Pleno y las Comisiones; y desahogo de las consultas y apoyo Documental a los Órganos de la Cámara y a los Legisladores

Archivo

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Estado

A la Dirección del Archivo, en cumplimiento con lo dispuesto con el inciso e), párrafo 1, del artículo 49 de la Ley Orgánica, le corresponden las funciones y tareas siguientes:

a) Definir los lineamientos para la conservación de los archivos y expedientes del proceso legislativo;

b) Integrar, registrar, clasificar y custodiar los expedientes de información del trabajo parlamentario del Pleno y de las comisiones y comités legislativos;

c) Poner a disposición los servicios de consulta de expedientes en custodia y desahogar los requerimientos de los legisladores y órganos de la Cámara;

d) Brindar asesoría y asistencia a comisiones y comités para la integración de expedientes y conformación de acervos de sus actividades legislativas; y

e) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de las normas, disposiciones y acuerdos aplicables.

(ARTICULO 31 DEL E.O.T.A.S.C.)